Cada año las autoridades fiscales revisan la ley para actualizarla y dar a conocer a los contribuyentes sus obligaciones y cómo cumplir con ellas. Resultado de esto es la Resolución de Miscelánea Fiscal (RMF)
Miscelánea Fiscal 2023: Cambios en el régimen de coordinados
Cada año las autoridades fiscales revisan la ley para actualizarla y dar a conocer a los contribuyentes sus obligaciones y cómo cumplir con ellas. Resultado de esto es la Resolución de Miscelánea Fiscal (RMF)
Cada año las autoridades fiscales revisan la ley para actualizarla y dar a conocer a los contribuyentes sus obligaciones y cómo cumplir con ellas. Resultado de esto es la Resolución de Miscelánea Fiscal (RMF), un documento anual publicado en el Diario Oficial de la Federación en el que se agrupan los artículos de la ley con sus respectivas modificaciones. Es importante estar atentos a los cambios que puedan afectar el sector económico al que nos dedicamos para estar al tanto de nuestras obligaciones.
En la Miscelánea Fiscal de 2023 se llevaron a cabo ciertos cambios puntuales. En los próximos blogs revisaremos qué temas, artículos y sectores económicos se han modificado de acuerdo con las leyes de este año. En este blog hablaremos de los cambios que afectan al régimen de coordinados.
Estas modificaciones están relacionadas directamente a las personas morales que se dedican al transporte. O bien a la administración y operación de transportes. Aunque si estás leyendo este artículo, seguramente ya lo sabes. Sin embargo, a continuación, dejamos una guía que nos servirá para advertir de mejor manera el resto de los artículos modificados en la Miscelánea Fiscal 2023 que conciernen a este sector.
¿Qué es y para qué sirve el Complemento Carta Porte?
El Complemento Carta Portees el documento mediante el cual se acredita el servicio de transporte y la legal tenencia de bienes o mercancías durante su traslado en territorio nacional (de un punto a otro, en tramos de jurisdicción federal) a través de los distintos medios de transporte. Es decir, el complemento de carta porte es una suerte de ficha técnica de la materia que se encuentra en traslado.
La información que constituye el complemento de carta porte, va desde:
la distancia recorrida por la unidad de transporte
nombre y RFC del remitente
información detallada del lugar de origen y del destino
fecha y hora de salida del transporte
nombre y número de identificación del destinatario
peso de la mercancía transportada
número de unidades transportadas
descripción de los productos y su tipo de embalaje
valor de la mercancía
número de permiso SCT
número de póliza de seguro
tipo de embarcación y matrícula
hasta el número de identificación del embarcador
Aunque claro que se pueden incluir más datos sin que por ello, los datos anteriores sean los únicos.
Entonces, ya que sabemos bien a qué se refiere un complemento de carta porte podemos ir más allá y preguntarnos cuáles son los cambios en materia de CFDI con complemento carta porte.
Cambios específicos de CFDI con Complemento Carta Porte
1. En el caso de que se realice un servicio de traslado de bienes o mercancías sin contar con el CFDIde tipo ingreso con complemento carta porte, o bien, el referido complemento no cumpla con los requisitos necesarios, tanto quien contrate el servicio de transporte de bienes o mercancías como quien lo preste, serán responsables ante la autoridad competente cuando ésta detecte alguna irregularidad en los datos registrados en el complemento carta porte. Es importante tener bien claro que la responsabilidad se limitará a los datos que se proporcionen de cada una de las partes comprometidas en la expedición del comprobante fiscal, de acuerdo con el instructivo de llenado
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2. Otro de los cambios para este 2023 son las facilidades para los servicios de transporte dedicado mediante la asignación específica de una o más unidades vehiculares a un mismo cliente o contratante. Podrán emitir un CFDI de tipo ingreso sin complemento carta porte que ampare la totalidad del servicio prestado. Para este 2023es responsabilidad del cliente o contratante emitir un CFDI de tipo traslado al que se le incorpore el complemento carta porte por cada viaje que realice y cuando implique un cambio de medio o modo de transporte, en el cual se deberá relacionar el folio fiscal del CFDI de tipo ingreso emitido por la prestación del servicio.
3.También hay modificaciones que implican nuevas facilidades para el servicio de traslado de fondos y valores.Estos tendrán la opción de hacer un CFDI de tipo ingreso sin complemento carta porte que ampare la totalidad del servicio por cada cliente, posteriormente, y previo a realizar el traslado de fondos y valores, a efecto de amparar dicho traslado, los contribuyentes deberán emitir un CFDI de tipo traslado con complemento carta porte, siempre y cuando el comprobante se relacione con el CFDI de tipo ingreso emitido por la prestación del servicio, es decir, el CFDI general que se emitió anteriormente.
4. Los contribuyentes que presten el servicio de autotransporte terrestre de carga general y especializada, y que para ello no sea necesario transitar por algún tramo de jurisdicción federal, no están obligados a presentar en papel o en formato digital su CFDI de tipo ingreso con complemento carta porte. Es decir que, aunque siguen estando obligados a emitir un CFDI de tipo ingreso, estos transportistas no están obligados a presentar el complemento de carta porte. Se establece que la facilidad anterior no resulta aplicable para:
Transportistas residentes en el extranjero o constituidos de conformidad con las leyes extranjeras
Quienes realicen el traslado de hidrocarburos o petrolíferos por medios propios y distintos a ducto, o al amparo de un permiso otorgado por la Comisión Reguladora de Energía
Los que realicen el traslado de mercancías destinadas a las operaciones de comercio exterior
Contribuyentes que transporten medicamentos en territorio nacional
5. Se adicionan reglas relacionadas con el transporte marítimo para regular la emisión del CFDI con complemento carta porte en los siguientes casos
Servicios de fletamento a casco desnudo
Servicios de fletamento por tiempo determinado
Servicios de fletamento por viaje
Transporte marítimo en modalidad ferri
6. Esta no es en sí una modificación, pero es importante tener en cuante que se mantiene la disposición transitoria que otorga la facilidad para la no aplicación de multas y sanciones, en caso de que las facturas electrónicas con complemento carta porte se emitan sin cumplir con todos los requisitos aplicables, hasta el 31 de julio de 2023.
Más de la Miscelánea Fiscal
Hasta aquí hemos cubierto los cambios relacionados con el régimen de coordinados, sin embargo, hay otros cambios importantes por descubrir en el resto de la Miscelánea Fiscal 2023, por ejemplo, aquellos que afectan a quienes se encuentran en RESICO, cambios a los CFDI de personas físicas y morales o a los impuestos IEPS e ISR. Síguenos para estar al tanto de todo, pues en los próximos blogs hablaremos de esto y te daremos una perspectiva puntual de cada artículo modificado.
¿Te dedicas a los transportes? ¿Ya sabías de cómo te afecta la Miscelánea Fiscal 2023? Cuéntanos en los comentarios, nos encanta abrir la conversación con nuestros lectores.