Así como la IA ha evolucionado y se ha expandido su uso en distintos ámbitos laborales, también los activos virtuales. (Comúnmente aglomerados en el rubro denominado “criptomonedas”) Se han abierto paso en el mercado. Quizás a muchos de nosotros nos parezca que los activos virtuales son un nicho económico que se mantiene aislado y que difícilmente se va a pluralizar su uso. Sin embargo, este no es el caso, muchas personas alrededor de 2014 o 2015 se aventuraron a adquirir activos virtuales y hoy están viendo rendimientos, a su vez, hay empresas y países. (como es el caso de El Salvador) que ya reconocen ciertos activos virtuales como monedas aceptables para el pago.
En medio de este panorama es importante prepararnos para los casos de declaraciones y fiscalización de los activos virtuales. Por eso, en este blog hablaremos sobre las condiciones actuales de estos activos en la ley. Te daremos algunos consejos para asesorar a tus clientes e información de relevancia para comprender mejor sus retos y oportunidades.
Históricamente la tecnología suele ir más adelantada que la ley. Es decir, surgen tecnologías y hasta que se comienzan a utilizar, a popularizar, es que surgen supuestos en los que debe de interferir la ley. Lo hemos visto ya con la IA, hay problemas éticos. Así como de derechos de autor que las leyes a nivel mundial no estaban listas para regular. El caso de los activos virtuales en México no es la excepción a la regla. Desde hace alrededor de diez años que los activos virtuales son populares entre inversionistas entusiastas de la tecnología. Sin embargo, no hay muchas leyes en México que nos ayuden a definir su tratamiento fiscal.
En 2018 se promulgó una ley que de cierta forma aborda los activos virtuales, la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, popularmente conocida como Ley Fintech. Los principales objetivos de esta ley iban dirigidos a evitar el lavado de dinero. Pese a que está ley buscaba cierta regulación de dichas operaciones, no tuvo gran impacto en lo que respecta a proporcionar un marco que aclare qué hacer respecto a la tributación y declaración de ingresos por medio de estas tecnologías. Si acaso logró que quienes acceden a estos servicios tuvieran que identificarse y llevar registros precisos. Esto último significó una mayor carga administrativa y volvió menos atractivo aventurarse a emprender en este rubro.
Además de la Ley Fintech, la PRODECON, para efectos de un caso particular de un contribuyente, deliberó que los movimientos relacionados con activos virtuales deberían de recibir el tratamiento de “enajenación de bienes”. Sin embargo, hay muchos casos en los que esto se queda corto para todo lo que se puede hacer con activos virtuales. Entonces, cuando en el despacho se nos presenta un caso de un contribuyente que quiere saber cómo declarar sus movimientos relacionados con activos virtuales debemos de tener consideraciones especiales.
Emprendedores en todos los sectores económicos pueden encontrar confusas sus obligaciones fiscales. El problema suele ser que los contribuyentes malinterpretan las leyes y es ahí cuando deben de recurrir a un profesional que los oriente. Ahora bien, aquellos que manejan activos virtuales tienen muchas más dificultades. No sólo por las malas interpretaciones sino que también por la escasa legislación que da las pautas para saber cómo declarar ingresos o, en concreto, qué obligaciones se tienen.
Como contadores, primero debemos considerar qué leyes tenemos disponibles para comprender mejor las obligaciones de las personas que manejan activos virtuales. Lo primero será revisar qué dice la Ley Fintech, así como la Ley Antilavado. Recordemos que esta última recientemente fue reformada y se incluyeron nuevas obligaciones para las personas morales y se actualizaron montos a partir de los cuales se deben de declarar ciertas operaciones. Además, en esta reforma ya se catalogan los activos virtuales como una actividad vulnerable.
Ahora bien, como ya mencionamos antes, la legislación sigue siendo escueta, por lo tanto, debemos de completar estás leyes con el resto de leyes fiscales. Es decir, además de hacer los registros y avisos a los que obliga la Ley Antilavado y la Ley Fintech, hay que hacer las aportaciones propias de ISR o IVA según corresponda. Muchas personas que manejan activos virtuales prefieren pagar el 35% de ISR sin ahondar en el tratamiento propio de los movimientos que hacen, pues así logran cumplir con sus obligaciones fiscales sin arriesgar haber malinterpretado la ley. Recordemos que la autoridad podría interpretar equívocos como un intento de sacar provecho y acusar al contribuyente de un delito fiscal.
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Cuando llegue a nosotros un contribuyente que maneja activos virtuales deberemos de estudiar su caso particular. Habrá que analizar que esté en el régimen correcto que cumpla con las obligaciones para prevenir el lavado de dinero y que contribuya adecuadamente. Para lograr una asesoría completa, nuestra compilación de leyes Gazhal es tu aliada, suscríbete y obtén acceso a las leyes fiscales y de interés mercantil de manera sencilla y desde cualquier dispositivo.
La ley Fintech y la Ley Antilavado contemplan los casos en los que los activos virtuales pueden ser utilizados para limpiar fondos, pero dejan fuera a quienes buscan utilizarlos como métodos de pago o inversión y necesitan declarar sus ingresos. Hay un gran desconocimiento por parte de la autoridad de las oportunidades que hay en este ámbito a su vez de como funciona realmente este rubro de la economía, por lo mismo, poco se regula o legisla alrededor de éste. Sin embargo, debemos de pensar que esto no siempre será así.
Aunque hoy parezca impensable, en algún momento creímos que la IA no sería utilizada en todos los niveles, hoy vemos una realidad muy distinta. Ese puede ser el mismo caso de los activos virtuales, hoy no son el medio principal de pago o inversión del grueso de la población y las pocas leyes que buscan regular estos activos más bien obstaculizan su aprovechamiento. Sin embargo, no podemos esperar que esto se mantenga así siempre, el día de mañana podría aparecer una nueva herramienta. (Sea un nuevo activo virtual, aplicación o institución financiera tecnológica) que logre popularizar el uso de activos virtuales. Para estar preparados para ese momento, desde ya debemos de adentrarnos en la ley disponible para estudiar y comprender hacia dónde podría evolucionar la legislación. Gazhal es tu aliado para explorar y estudiar la ley, suscríbete para avanzar junto con la ley hacia el futuro de los activos virtuales.
Los activos virtuales suelen ser conocidos popularmente como criptomonedas, aunque abarcan muchos otros rubros como métodos de pago o inversión en internet. Actualmente hay un ecosistema floreciente de emprendedores que invierten o hacen compra venta de estos activos, sin embargo, hay poca legislación que regule estos movimientos. La Ley Fintech y la Ley Antilavado contempla a los activos virtuales como actividad vulnerable y buscan regular a los usuarios para contar con más registros e identificación de los usuarios para evitar el blanqueamiento de fondos.
Aunque estas legislaciones nos dan un panorama sobre obligaciones de los usuarios, no hay leyes ni reglas suficientes que abarquen todos los supuestos de enriquecimiento a través de activos virtuales. Por ello hay que complementar el estudio de estás leyes con el resto de la legislación fiscal. Para ello tu aliada es nuestra compilación de leyes Gazhal. A su vez, habrá que estudiar la ley para estar listos para la evolución que se avecina en torno a los activos virtuales.
¿En tu cartera hay clientes que manejan activos virtuales? ¿Te han representado un reto? Cuéntanos en los comentarios.
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