Informe sobre el uso de la facultad arancelaria del Ejecutivo (1 oct 2024 – 8 sep. 2025)Resumen Ejecutivo
Emisor: Ejecutivo Federal (informe remitido a la H. Cámara de Diputados, con fundamento en art. 131 CPEUM y 4º de la LCE).
1. Resumen Ejecutivo
El Ejecutivo Federal sometió a la aprobación de la soberanía el informe sobre el uso de la facultad en materia arancelaria durante el periodo señalado. En este informe se reportan cinco medidas arancelarias y para - arancelarias publicadas en el DOF entre noviembre de 2024 y agosto de 2025. Los objetivos declarados: apoyar la economía familiar mediante la reducción de costos en productos de la canasta básica, otorgar certidumbre y condiciones de mercado justas a los sectores de textil–confección y calzado, fomentar de manera más amplia el desarrollo de la industria nacional, regular la importación de vehículos usados con mayor claridad y mantener estímulos en la zona libre de Chetumal como medida de impulso regional. Como resultado, la TIGIE cuenta actualmente con 8,177 fracciones; la media arancelaria simple es 8.4%, con una desviación de 6.4%, y el arancel efectivamente pagado entre oct-2024 y may-2025 fue de 2.9%.
2. Principales Cambios / Modificaciones
- Vehículos usados (DOF 04-nov-2024)
- Acreditación de origen con certificado válido y vigente para preferencias arancelarias bajo TLC/Acuerdos. Posibilidad de importar vehículos usados con condiciones específicas y VIN de fabricación o ensamble en MX/USA/CAN. Aranceles aplicables:10% para modelos 8–9 años anteriores al año de importación.
- Franja/región fronteriza norte: 1% para vehículos de 5–9 años; 10% para vehículos de 10 años de antigüedad.
- Textil y confección + IMMEX (DOF 19-dic-2024)
- Modificación temporal de aranceles a 138 fracciones (confección) y 17 fracciones (textil).IMMEX: Se adicionan 304 fracciones al Anexo I (prohibición de importación temporal).
- Se eliminan 302 fracciones del Anexo II, apartado C, trasladándolas al listado de prohibiciones.
- Zona Libre de Chetumal (DOF 31-dic-2024)
- Prórroga de vigencia al 31-dic-2025. - Canasta básica y consumo básico (DOF 31-dic-2024)
- Prórroga de exención arancelaria temporal y facilidades administrativas hasta 31-dic-2025.Posibilidad de aplicar hasta 31-mar-2026 con Licencia Única Universal y requisitos SAT.Ajustes de fracciones (Art. Primero): +13 productos y –24 productos.
- Ajustes (Art. Segundo): –2 fracciones de acero.
- Calzado terminado – IMMEX (DOF 28-ago-2025)
- +50 fracciones arancelarias de calzados terminados al Anexo I de IMMEX.
3. Justificación Oficial y Contexto
- Economía familiar: precios accesibles en productos básicos.
- Competitividad y empleo: medidas contra prácticas desleales.
- Industria nacional: concentración de beneficios y limitación de IMMEX.
- Vehículos usados: criterios claros de origen.
- Desarrollo regional: continuidad de beneficios en Chetumal.
4. Impactos Potenciales
- Legales/Regulatorios: controles de origen en vehículos usados; restricciones en IMMEX.
- Operativos: ajustes en cadenas de suministro; uso de Licencia Única Universal.
- Financieros/Competitivos: reducción de costos en alimentos; nivelación en textil/calzado; efecto de aranceles en vehículos.
5. Calendario de Vigencias
- Vehículos usados: hasta 05-nov-2025.
- Textil–confección e IMMEX: 19-dic-2024.
- Zona Libre de Chetumal: hasta 31-dic-2025.
- Canasta básica: hasta 31-dic-2025; posible hasta 31-mar-2026 (LUU).
- Calzado (IMMEX): 28-ago-2025.
6. Conclusión Ejecutiva
El paquete 2024-2025 combina apoyo al consumo básico con defensa de la industria nacional y ordenamiento de vehículos usados. Para las empresas importadoras y maquiladoras es relevante revisar la clasificación arancelaria, los programas IMMEX y la documentación de origen. Recomendación: auditar clasificaciones, simular impactos y aprovechar los beneficios vigentes.