La facturación electrónica en México ha sido una herramienta clave para mantener un registro ordenado y transparente de los ingresos de los contribuyentes ante el SAT. Como bien sabemos, el CFDI 4.0 contiene una gran cantidad de información sobre los contribuyentes, y cualquier omisión o inconsistencia con la Constancia de Situación Fiscal puede provocar que el comprobante no sea válido, generando problemas al momento de declarar o deducir gastos.
Existen sectores en los que la autoridad fiscal mantiene un control más estricto debido a su vulnerabilidad ante prácticas como el fraude o el robo. El sector de hidrocarburos y petrolíferos es uno de los más vigilados. En atención a esta problemática, la autoridad fiscal ha incorporado un nuevo complemento para este tipo de operaciones. Este requisito ha generado diversas dudas entre contadores y contribuyentes, especialmente en lo relacionado con su implementación y las consecuencias de incumplimiento.
En este artículo abordaremos el nuevo complemento para hidrocarburos y petrolíferos, sus características, los objetivos de su implementación y su impacto tanto en los contribuyentes como en la práctica contable.
El complemento para hidrocarburos y petrolíferos fue anunciado desde enero de 2026 en la Resolución Miscelánea Fiscal, específicamente en el Anexo 29. No obstante, ha cobrado mayor relevancia recientemente debido a que su entrada en vigor será a partir del 24 de abril de 2026. A partir de esa fecha, será obligatorio para las empresas distribuidoras, comercializadoras y transportistas de hidrocarburos y petrolíferos —como gasolina y diésel — emitir CFDI que incorporen este complemento.
El principal objetivo de esta medida es fortalecer la trazabilidad de las operaciones relacionadas con combustibles. Como es sabido, la comercialización de hidrocarburos ha sido históricamente susceptible a prácticas ilícitas como el robo, la adulteración y el contrabando. Estas actividades no solo afectan la recaudación fiscal, sino también la seguridad y estabilidad económica del país.
En este sentido, el SAT busca replicar estrategias que han sido eficaces en otros sectores, implementando mayores controles y requisitos de información. Con este complemento, se pretende contar con datos más precisos sobre los actores involucrados en la cadena de suministro de combustibles, lo que permitirá detectar irregularidades con mayor facilidad.
Uno de los elementos más relevantes de este complemento es la inclusión del permiso vigente emitido por la autoridad energética correspondiente. Esto implica que el número de permiso registrado en el CFDI no debe estar vencido ni suspendido al momento de la emisión.
Las empresas comercializadoras, transportistas o distribuidoras de hidrocarburos pueden verificar el estatus de sus permisos a través del portal oficial de la autoridad energética. Además, será indispensable corroborar que el tipo de permiso y su clave coincidan con la clave de producto o servicio registrada en el CFDI. En caso contrario, el comprobante podría ser considerado inválido.
Se ha especulado sobre la posibilidad de que el sistema del SAT realice validaciones automáticas al momento de emitir el CFDI, rechazando aquellos comprobantes que presenten inconsistencias o permisos no vigentes. Esta hipótesis es razonable, considerando que ya existen validaciones similares en otros campos del CFDI.
Sin embargo, también es posible que algunas validaciones se realicen de forma posterior, al momento de la presentación de declaraciones. En ese escenario, los contribuyentes podrían enfrentarse a rechazos o a la imposibilidad de deducir operaciones, lo que tendría un impacto directo en su contabilidad.
Te puede interesar
Como ocurre cada año, la Resolución Miscelánea Fiscal anticipa diversos cambios que entrarán en vigor durante el ejercicio fiscal. A pesar de ello, es común que algunos contribuyentes no se mantengan actualizados y busquen asesoría una vez que los requisitos ya son obligatorios.
El complemento de hidrocarburos y petrolíferos no es la excepción. Aunque fue anunciado con anticipación, para muchos contribuyentes representa una novedad. Esto implica un reto adicional para los contadores, quienes deben estar preparados para orientar y corregir posibles incumplimientos.
Podría pensarse que este complemento afecta únicamente a grandes empresas del sector energético. Sin embargo, su impacto es mucho más amplio. Las restricciones en la validez de los CFDI pueden afectar a toda la cadena de valor, incluyendo a empresas que adquieren combustibles para su operación diaria.
Por ejemplo, si un proveedor de combustible emite un CFDI sin cumplir con los requisitos del complemento, el receptor podría verse imposibilitado para deducir ese gasto. Esto genera un efecto similar al observado con contribuyentes incluidos en listados de operaciones inexistentes: las consecuencias se extienden a terceros que, en principio, no incurrieron directamente en la irregularidad.
En este contexto, el papel del contador es fundamental. Es necesario revisar cuidadosamente tanto los CFDI emitidos como los recibidos, asegurando que cumplan con todos los requisitos vigentes. Asimismo, es indispensable mantenerse actualizado respecto a las disposiciones fiscales aplicables.
En este sentido, contar con herramientas confiables de consulta legal puede marcar la diferencia. Suscríbete a nuestra compilación de leyes Gazhal y accede de manera práctica y actualizada a la normativa fiscal, lo que te permitirá brindar un mejor servicio a tus clientes y reducir riesgos en tu práctica profesional.
Ante la entrada en vigor de este nuevo complemento, es recomendable adoptar ciertas medidas preventivas:
Estas acciones pueden ayudar a minimizar errores y evitar contingencias fiscales que, en muchos casos, resultan costosas y complejas de corregir.
En los últimos años, el SAT ha reforzado sus mecanismos de control en sectores con mayor riesgo de irregularidades. El complemento de hidrocarburos y petrolíferos forma parte de esta estrategia, en colaboración con la autoridad energética, con el objetivo de mejorar la supervisión y garantizar el cumplimiento fiscal.
Este nuevo requisito obliga a incluir información detallada sobre la vigencia de los permisos en los CFDI emitidos por transportistas, distribuidores y comercializadores de combustibles. La falta de un permiso vigente — ya sea por vencimiento o suspensión — impedirá la emisión válida de comprobantes fiscales.
Asimismo, cualquier inconsistencia entre la información del permiso y los datos del CFDI podría invalidar el comprobante, generando consecuencias tanto para emisores como para receptores.
En un entorno fiscal en constante evolución, es indispensable que los contadores se mantengan informados y preparados para asesorar correctamente a sus clientes. La actualización continua no solo es una ventaja competitiva, sino una necesidad para evitar riesgos y asegurar el cumplimiento normativo.
Por ello, te invitamos nuevamente a suscribirte a nuestra compilación de leyes Gazhal, donde podrás consultar de forma ágil y confiable la legislación vigente. Mantenerte informado te permitirá anticiparte a los cambios y enfrentar con mayor seguridad los nuevos retos en materia de CFDI para hidrocarburos y petrolíferos.
¿Estás listo para el nuevo complemento de CFDI para hidrocarburos? Cuéntanos en los comentarios.
¡Entérate de nuestros últimos artículos!
Asegúrate de tener habilitadas las ventanas emergentes