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Paquete Económico 2027: sin nuevos impuestos, pero con una estrategia fiscal más enfocada en la recaudación
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Paquete Económico 2027: sin nuevos impuestos, pero con una estrategia fiscal más enfocada en la recaudación

Equipo Editorial Gazhal 10 de septiembre de 2026 11 min de lectura 515 vistas
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El Paquete Económico 2027 no propone nuevos impuestos ni aumentos a las tasas generales, pero plantea fortalecer la recaudación mediante fiscalización, control tributario y ajustes al marco fiscal.

Paquete Económico 2027: sin nuevos impuestos, pero con una estrategia fiscal más enfocada en la recaudación

El 8 de septiembre de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregó al Congreso de la Unión el Paquete Económico 2027, integrado por los documentos que establecen las principales estimaciones económicas, de ingresos, gasto público y propuestas de modificación al marco fiscal para el siguiente ejercicio.

Consulta los Criterios Generales de Política Económica 2027 de la SHCP

El planteamiento oficial parte de una premisa que resulta especialmente relevante para empresas y contribuyentes: no se proponen nuevos impuestos ni un aumento a las tasas generales, pero sí una estrategia para incrementar los ingresos tributarios mediante el fortalecimiento de la recaudación, el combate a la evasión y los delitos fiscales, una mayor fiscalización y modificaciones a determinadas reglas tributarias.

En otras palabras, el Paquete Económico 2027 no necesariamente cambia la tasa que un contribuyente observa en su declaración, pero sí puede modificar la manera en que se determina la base gravable, se aprovechan deducciones, se reconocen pérdidas o se genera el impuesto a cargo.

Ese es uno de los aspectos que deberán vigilar las empresas y personas contribuyentes durante el proceso legislativo.

Un paquete que busca aumentar la recaudación sin elevar las tasas generales

Los Criterios Generales de Política Económica plantean para 2027 un crecimiento real del PIB de entre 1.5% y 2.5%, una inflación de 3.0% y una tasa de CETES de 28 días de 6.0% al cierre del año.

En materia de finanzas públicas, se estiman ingresos presupuestarios por 9.156 billones de pesos, mientras que los ingresos tributarios alcanzarían 6.264 billones de pesos, equivalentes a 15.9% del PIB.

La propia SHCP señala que el fortalecimiento de los ingresos estará acompañado de medidas para evitar la erosión de la base gravable, combatir delitos fiscales y facilitar el cumplimiento voluntario.

El objetivo, por tanto, no se limita a recaudar más mediante una mayor tasa, sino a hacer más eficiente el sistema de control y cumplimiento tributario.

¿Dónde está el cambio para los contribuyentes?

Aunque el discurso oficial destaca que no habrá nuevos impuestos ni aumentos a las tasas generales, las iniciativas que acompañan al paquete contemplan modificaciones que pueden tener efectos importantes en la determinación del ISR.

Entre ellas se encuentran propuestas relacionadas con:

  • deducciones de las personas morales;
  • utilización de pérdidas fiscales;
  • pagos provisionales;
  • deducibilidad de intereses;
  • anticipos por servicios y arrendamientos;
  • pagos realizados a residentes en el extranjero;
  • reglas relacionadas con determinadas operaciones corporativas;
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO);
  • y diversos estímulos fiscales.

Por ello, analizar únicamente si sube o no una tasa sería insuficiente para medir el impacto del paquete.

El verdadero análisis deberá hacerse sobre la operación fiscal de cada contribuyente.

Empresas de mayor tamaño: la base gravable adquiere mayor relevancia

Una de las propuestas que merece especial atención corresponde a las personas morales con ingresos superiores a 50 millones de pesos.

De acuerdo con las iniciativas analizadas, se plantea incorporar nuevas reglas para limitar la proporción de deducciones que pueden disminuir los ingresos acumulables y establecer condiciones específicas para la utilización de pérdidas fiscales.

La propuesta contempla un límite relacionado con el 96.67% de los ingresos, así como restricciones para la aplicación de pérdidas fiscales que podrían utilizarse hasta por el 50% de la utilidad fiscal ajustada, bajo determinadas condiciones.

El efecto práctico es relevante.

Una empresa puede mantener exactamente la misma operación, vender los mismos productos y tener los mismos gastos, pero su resultado fiscal podría cambiar si las deducciones o pérdidas dejan de producir el mismo efecto que bajo las reglas actuales.

Por ello, para las empresas de mayor tamaño será importante realizar proyecciones antes de iniciar el ejercicio 2027.

Los intereses también están en la mira

Otra propuesta relevante se refiere a la deducción de intereses netos.

Se plantea reducir de 30% a 20% de la utilidad fiscal ajustada el límite a partir del cual determinados intereses netos pueden dejar de ser deducibles.

Esto puede adquirir especial importancia para empresas que utilizan financiamiento de manera intensiva.

La modificación no representa un incremento directo de la tasa del ISR, pero sí puede aumentar la base sobre la cual se determina el impuesto cuando parte de los intereses ya no pueda aprovecharse fiscalmente en los mismos términos.

Para las empresas apalancadas, revisar la estructura de financiamiento será, por ello, una tarea que no debería dejarse hasta la presentación de la declaración anual.

Pagos provisionales: el impacto también puede sentirse en el flujo de efectivo

El paquete contempla además ajustes que pueden modificar la forma en que determinadas empresas realizan sus pagos provisionales.

Esto es importante porque el efecto de una modificación fiscal no siempre se refleja únicamente en el impuesto anual.

También puede aparecer antes, en el flujo de efectivo.

Una empresa que tenga que realizar pagos provisionales más elevados podría experimentar una mayor salida de recursos durante el ejercicio, aun cuando al final del año el impuesto definitivo deba determinarse conforme al resultado fiscal correspondiente.

Por ello, la planeación para 2027 deberá considerar no solamente la carga fiscal anual, sino también el momento en que el impuesto puede convertirse en una obligación de pago.

Anticipos y pagos al extranjero: más atención al momento en que se genera la deducción

Las propuestas también contemplan modificaciones relacionadas con los anticipos por servicios y por el uso o goce temporal de bienes.

El planteamiento es que determinados anticipos sean deducibles en el ejercicio en que efectivamente se preste el servicio o transcurra el periodo correspondiente.

En materia de pagos al extranjero, se propone vincular la deducibilidad con el pago efectivo de la contraprestación y el entero de la retención correspondiente, además de modificar el momento en que podría detonarse la obligación de enterar determinadas retenciones.

Estos cambios hacen especialmente importante revisar contratos, calendarios de pago, retenciones y documentación soporte.

RESICO: simplificación para contribuyentes de menor tamaño

El paquete también contempla una vertiente diferente.

Mientras se fortalecen los mecanismos de control para determinadas empresas, se proponen medidas de simplificación dirigidas a contribuyentes de menor tamaño mediante modificaciones al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Entre las propuestas analizadas se encuentra ampliar el límite de ingresos para personas físicas hasta 5 millones de pesos, además de permitir, bajo determinadas condiciones, la reincorporación al régimen.

Para las personas morales constituidas únicamente por personas físicas, se plantea elevar el límite hasta 50 millones de pesos y establecer el régimen como una opción.

Esto significa que para 2027 algunas empresas deberán volver a preguntarse:

¿El régimen en el que actualmente tributo sigue siendo el más conveniente?

La respuesta no necesariamente dependerá solamente de la tasa, sino también del nivel de ingresos, estructura de costos, inversiones, deducciones y efectos administrativos.

IVA: una propuesta distinta para libros, periódicos y revistas

Otro punto que ha llamado la atención es la propuesta de aplicar una tasa de 0% de IVA a la enajenación de libros, periódicos y revistas para determinados contribuyentes que cumplan los requisitos establecidos.

La diferencia respecto del tratamiento de exención resulta relevante porque permitiría, bajo las condiciones previstas, acreditar el IVA relacionado con bienes y servicios estrictamente indispensables para esas actividades.

Más que un cambio en el precio final para el consumidor, la modificación tiene implicaciones en la mecánica del impuesto para quienes participan en estas actividades.

No todo son restricciones: también se mantienen estímulos a la inversión

El Paquete Económico 2027 no se concentra exclusivamente en medidas de control.

También contempla la continuidad de diversos estímulos dirigidos a sectores productivos, incluyendo actividades relacionadas con combustibles, transporte, minería y determinados proyectos de inversión.

La política económica busca así combinar mayor recaudación con incentivos para determinadas actividades productivas y de inversión.

Esto resulta consistente con el planteamiento general de Hacienda: fortalecer los ingresos públicos y, al mismo tiempo, utilizar la política económica para impulsar inversión y crecimiento.

El contexto fiscal para 2027

El escenario macroeconómico también ayuda a entender el paquete.

La SHCP estima para 2027:

Indicador

Estimación 2027

Crecimiento real del PIB

1.5% – 2.5%

Inflación

3.0%

CETES 28 días, cierre

6.0%

Tipo de cambio promedio

$17.9 MXN/USD

Tipo de cambio, cierre

$18.0 MXN/USD

Precio promedio de la mezcla mexicana

USD 61.8 por barril

Déficit presupuestario

3.4% del PIB

RFSP

3.9% del PIB

Deuda pública (SHRFSP)

55.0% del PIB

Es importante distinguir nuevamente entre déficit presupuestario, estimado en 3.4% del PIB, y Requerimientos Financieros del Sector Público (RFSP), estimados en 3.9%. No se trata del mismo indicador.

¿Qué deberían revisar las empresas desde ahora?

Aunque las modificaciones todavía no son definitivas, el Paquete Económico 2027 permite identificar algunos temas que conviene comenzar a revisar.

Empresas con operaciones superiores a $50 millones

Será conveniente proyectar:

  • efecto de los límites propuestos a las deducciones;
  • utilización de pérdidas fiscales;
  • pagos provisionales;
  • deducibilidad de intereses;
  • anticipos;
  • operaciones con residentes en el extranjero;
  • y flujo de efectivo para 2027.

MiPyMEs

Será necesario comparar el régimen fiscal actual con las alternativas propuestas, particularmente ante los cambios planteados para RESICO.

Empresas con financiamiento

Conviene revisar el nivel de endeudamiento y el impacto que tendría una eventual reducción del límite de deducción de intereses.

Empresas con operaciones internacionales

Deberán prestar especial atención a las reglas propuestas para pagos al extranjero, retenciones y momento de deducción.

Todos los contribuyentes

El punto central será no asumir que una propuesta ya es una obligación.

¿Ya son obligatorios estos cambios?

No.

El Paquete Económico 2027 fue presentado al Congreso de la Unión el 8 de septiembre de 2026 y las modificaciones fiscales que lo integran deberán seguir el proceso legislativo correspondiente.

Por ello, las cifras, límites y reglas señalados en este análisis deben entenderse como propuestas sujetas a modificación durante la discusión y aprobación legislativa.

El análisis definitivo deberá realizarse una vez que se publiquen las disposiciones aprobadas y, en su caso, sus reglas transitorias.

¿Qué debe esperar el contribuyente?

El Paquete Económico 2027 deja una señal clara:

la estrategia fiscal no necesariamente consiste en cobrar una tasa mayor, sino en ampliar la recaudación mediante un mayor control de la base tributaria y una fiscalización más eficiente.

Para algunos contribuyentes esto puede traducirse en nuevas oportunidades de simplificación o estímulos. Para otros, especialmente empresas con estructuras complejas de deducciones, pérdidas, financiamiento u operaciones internacionales, puede representar una modificación importante en su carga fiscal y en su flujo de efectivo.

Por eso, el verdadero impacto del Paquete Económico 2027 no podrá medirse únicamente preguntando “¿subieron los impuestos?”.

La pregunta correcta será:

¿Cambió la manera en que se determina y se paga el impuesto?

Y esa revisión deberá hacerse antes de que comience el ejercicio 2027.

Consulta el fundamento jurídico en la Compilación Gazhal

Las iniciativas y disposiciones fiscales relacionadas con el Paquete Económico 2027 podrán consultarse y analizarse directamente en la Compilación Gazhal, una herramienta diseñada para facilitar la consulta de leyes, reformas, disposiciones oficiales y sus correlaciones.

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